23 jul 2013

FACUA pide que investiguen a la web DoctorTrade por secuestrar el dinero virtual de sus usuarios

FACUA-Consumidores en Acción ha solicitado la apertura de una investigación contra la desaparecida web DoctorTrade.com después de que numerosos usuarios hayan denunciado el secuestro de su dinero virtual.



Esta página de compraventa de artículos nuevos y de segunda mano preveía que sus usuarios acumularan ganancias en un monedero virtual del que únicamente se podía hacer uso a través de la compra en el mismo portal, o esperando a acumular una determinada cantidad de dinero.

Ahora, tras el cierre de la web, numerosos consumidores han manifestado pérdidas que van desde los 12 euros hasta superar los 600, después de haber intentado ponerse en contacto con sus responsables sin éxito.

Por ello, FACUA se ha dirigido al Instituto Nacional de Consumo, al Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil y a las autoridades de consumo de varias comunidades autónomas para pedir que se emprendan actuaciones para proteger los derechos de los afectados.

Asimismo, la asociación reclama a estos organismos que traten de aclarar en qué situación se encuentra actualmente la compañía y si ésta disponía de algún tipo de seguro destinado a subsanar este tipo de contingencias.

Para FACUA, resulta preocupante la actual falta de control sobre las garantías o avales mínimos para los usuarios de este tipo de servicios. Por ello, insta a las autoridades a que corrijan esta tónica para evitar que se sigan dando situaciones como ésta.

FACUA lamenta que una vez más tengan que ser los usuarios los perjudicados por unas prácticas empresariales arbitrarias y con total falta de transparencia.


Normativa aplicable

FACUA recuerda que el apartado b del artículo 49.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias recoge como infracción, entre otras cosas, "el incumplimiento de las obligaciones que la regulación de contratos celebrados a distancia impone en materia de información y documentación que se debe suministrar al consumidor y usuario, de los plazos de ejecución y de devolución de cantidades abonadas".

Además, el artículo 13.1 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, detalla que "los prestadores de servicios de la sociedad de la información están sujetos a la responsabilidad civil, penal y administrativa establecida con carácter general en el ordenamiento jurídico, sin perjuicio de lo dispuesto en esta Ley".

FACUA señala que el artículo 1124 del Código Civil establece que "el perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible".


Fuente: Facua.org